El desarrollo
sustentable es, como ya lo hemos enunciado en esta columna, cuando se avanza en
el bienestar de las personas y de la sociedad al considerar simultáneamente
aspectos sociales, económicos, ambientales e institucionales, con atención
especial a los más desprotegidos del presente y a las generaciones futuras. Siguiendo
la escuela de Víctor L. Urquidi, consideramos que las personas que usan “desarrollo
sostenible” no consideran en sus planes y programas a los más desprotegidos del
presente. También, dentro de esta escuela, cuando se actúa sobre sólo una de
las cuatro áreas mencionadas se habla de sostenibilidad; por ejemplo, economía
sostenible.
En el momento actual existe gran
interés y preocupación por la versión del presupuesto 2016 que presentará el
Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados. Se habla de grandes recortes por la
crisis económica, tanto mundial como nacional, y de nuevas formas de
administrar el presupuesto para dar más claridad a cómo alcanzar los objetivos
nacionales. En particular, el Colectivo por un Presupuesto Sostenible
(Colectivo PE$O), “conformado por nueve organizaciones civiles, presentó
propuestas a la SHCP y que también lo hará al Congreso de la Unión, para
mejorar el próximo presupuesto” (http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/08/26/colectivo-por-un-presupuesto-sostenible-realizo-diversas-propuestas-a-hacienda-3550.html. Visitada en 20150828).
Las propuestas de este Colectivo PE$O
(http://www.colectivopeso.org/faq/. Visitada el 20150828) tienen como objetivo “contribuir
a la hechura de un presupuesto sostenible, con mayor transparencia, eficiente,
eficaz y que rinda cuentas” y proponen una agenda que busca: “Mejorar los
mecanismos institucionales para integrar la evidencia a la toma de decisiones
presupuestales, y Fortalecer las previsiones de transparencia, rendición de
cuentas y mejora de la gestión". Los rubros considerados son, entre otros:
“La justificación técnica de cada compromiso gubernamental; Reportes de las
entidades sobre la aplicación, destino y resultados del gasto; Actualizar trimestralmente
una plataforma electrónica, donde se publicarán los principales indicadores de
todos los fondos y recursos; Realizar mejoras para la definición e
identificación de la población potencialmente beneficiaria; Fortalecer las
previsiones de transparencia, rendición de cuentas y mejora de la gestión; Hacer
pública la metodología que usa la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para
calcular las variables que integran a los Criterios de Política Económica y
sujetarlos a revisión; Incorporar un identificador descriptivo de fuente de
financiamiento para cada Programa presupuestario; Hacer pública la información
correspondiente a la aplicación (avance y resultados) de los recursos durante
el ejercicio fiscal, tanto en inversión pública como en programas
presupuestarios; Conocer sobre las adecuaciones presupuestarias absolutas y
relativas de los Ramos respecto a los presupuestos aprobados, así como las
justificaciones de las variaciones; e Incluir en el Proyecto de Presupuesto de
Egresos las justificaciones técnicas de las variaciones en la asignación de
presupuesto a los programas presupuestarios con relación al ejercicio fiscal
anterior”.
A nivel federal, en México, es la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la encargada principal de
velar por el desarrollo sustentable. Rafael Pacchiano, al tomar anteayer la
titularidad de esta Secretaría, “se comprometió a dar continuidad a todos los
programas que conforman el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, entre los que
destacó el combate al cambio climático, la conservación de bosques y selvas,
gestión de residuos, y ser facilitadores del crecimiento económico del país de
una manera sustentable” (http://saladeprensa.semarnat.gob.mx/index.php/noticias/2227-rafael-pacchiano-alaman-secretario-de-medio-ambiente-y-recursos-naturales. Visitada en 20150828).
Sin embargo, en nuestro Estado,
existe un vacío institucional para impulsar una economía que fortalezca el
desarrollo sustentable. De acuerdo a la LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS, aprobada el 26 de septiembre de 2012 (http://www.transparenciamorelos.mx/leyes/9.pdf. Visitada en 20150828), en
el Artículo 27, a la Secretaría
de Desarrollo Sustentable (SDS) no le corresponde ninguna atribución ligada al
desarrollo económico; en el Artículo 28, a la Secretaría de Economía (SE) no le
corresponden ninguna atribución relativa a la sustentabilidad; y en el Artículo
31, a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología le corresponden el
mayor número de actividades para impulsar el desarrollo sustentable pero
restringidas a sus áreas de acción, que no se traslapan con las otras
secretarías.
Adicionalmente, en Morelos se han
promulgado tres leyes relacionadas con acciones sustentables (http://marcojuridico.morelos.gob.mx. Visitada en 20150828): LEY DE DESARROLLO
ECONÓMICO SUSTENTABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, revisada el
26-03-2014; LEY DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE MORELOS,
revisada el 19-11-2014; y LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE
MORELOS, revisada el 10-12-2014. Sin embargo, en ninguna de estas leyes se
plasma plenamente el concepto de desarrollo sustentable de manera holística,
como debe ser, o más allá de la promoción. Por ejemplo, en la primera Ley, el
objeto señalado en el Artículo 2 es “Establecer los lineamientos generales de
política pública a los que se sujetará la promoción del desarrollo económico
sustentable en el Estado de Morelos; II. Establecer los instrumentos y los
esquemas para la promoción de inversión pública y privada; III. Fomentar el
empleo; IV. Fomentar la competitividad;
V. Fomentar el uso eficiente de la infraestructura y de los recursos
productivos del Estado; y VI. Promover un desarrollo económico compatible con
la preservación de los recursos naturales y el medio ambiente” (http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/leyes/pdf/LDESECONEM.pdf: Visitada 20150828).
En comparación, presentamos la Ley
de Economía Sostenible vigente en España, con revisión vigente desde 01 de
Enero de 2015 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l2-2011.html. Visitada en
20150828). Esta Ley tiene por objeto “introducir en el ordenamiento jurídico
las reformas estructurales necesarias para crear condiciones que favorezcan un
desarrollo económico sostenible”. En su Artículo 2, establece que “se entiende
por economía sostenible un patrón de crecimiento que concilie el desarrollo
económico, social y ambiental en una economía productiva y competitiva, que
favorezca el empleo de calidad, la igualdad de oportunidades y la cohesión
social, y que garantice el respeto ambiental y el uso racional de los recursos
naturales, de forma que permita satisfacer las necesidades de las generaciones
presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para
atender sus propias necesidades”. Finalmente, en su Artículo 3, establece los
principios a seguir: “Mejora de la competitividad; Estabilidad de las finanzas
públicas; Racionalización de las Administraciones Públicas;
Fomento de la
capacidad innovadora de las empresas; Ahorro y eficiencia energética; Promoción
de las energías limpias, reducción de emisiones y eficaz tratamiento de
residuos; Racionalización de la construcción residencial; Extensión y mejora de
la calidad de la educación e impulso de la formación continua; y Fortalecimiento
y garantía del Estado social”.
En Morelos, debemos fortalecer el área institucional del desarrollo
sustentable al impulsar la elaboración de un presupuesto federal y la
construcción de un presupuesto estatal que logren una economía sostenible, con
la finalidad de reducir la pobreza, la inequidad y la contaminación ambiental
y, simultáneamente, lograr un progreso económico. Sí es posible.
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